El sector de los alquileres en uno de los que más
litigiosidad presenta en los últimos años, en cuanto que son muchas las personas
que, ya sea como arrendadoras o como arrendatarias, se ven vinculados por un
contrato de alquiler de vivienda. Cuando surgen conflictos en este campo es muy
conveniente acudir a un despacho de abogados de alquileres en Córdoba.
En efecto por todos es conocido la evolución del mercado de
la vivienda que ha sufrido nuestro país de un tiempo a esta parte. Cada vez son
más las personas que, sin posibilidad de acceder a la propiedad de una
vivienda, por la crisis económica, se ven avocados a vivir de alquiler. Incluso
hay personas que, aunque sí tienen la posibilidad económica de acceder a la
propiedad de una vivienda, prefieren vivir de alquiler por ventajas como evitar los riesgos de la
devaluación de la vivienda, y poder cambiar de inmueble cuando lo deseen.
A lo anterior se une el problema de los alquileres turísticos
que ha provocado que en muchas localidades el precio de la vivienda en alquiler
para vivienda aumente de forma desproporcionada, con los problemas evidentes
que ello conlleva.
Nueva regulación
Se trata de una de las materias jurídicas con mayor
repercusión social actualmente y el legislador, sabedor de ello, sensible ante
los problemas y desigualdades que se pueden provocar, ha introducido múltiples
cambios para regularlos. En concreto merece la pena referir el recentísimo Real Decreto Ley 21/2018 de 14de Diciembre con el que se pretende proteger los derechos de los inquilinos
frente a las desorbitadas subidas de precio que se han producido.
El referido Real Decreto prevé, como cambios más
significativos, un aumento del plazo mínimo de alquiler, que sube de los 3 años
hasta los 5 años y, por otro lado, un importe límite de la fianza que se pueda
acordar de 2 mensualidades. Y junto a ello, entre otros aspectos, recoge una
serie de ventajas fiscales destinadas a promover los contratos de alquiler.
Abogados especialistas
Para la mejor defensa de nuestros intereses, si nos vemos
involucrados en un conflicto referido a nuestro contrato de arrendamiento,
necesitaremos unos abogados expertos en alquileres, en la medida en que, en una
materia tan amplia y cambiante, solo un abogado verdaderamente especialista
dispondrá de los conocimientos y la experiencia para poder asesorarnos con
solvencia.
Se trata de abogados de vivienda, más concretamente abogados
de contrato de alquiler, que conocen toda la reglamentación específica y se
mueven en estas materias como pez en el agua: plazo de duración, precio
pactado, actualización de la renta, problemas con la devolución de la fianza,
deterioros en el estado del inmueble, necesidad de realizar arreglos o mejoras,…
Sin duda uno de los aspectos más relevantes es el impago de
alquileres, que se produce cuando el inquilino no paga la renta pactada. Si
como propietario o arrendador nos vemos en esta situación necesitaremos la
asistencia de un abogado de desahucios que pueda realizar los trámites y gestiones
judiciales encaminadas a que recuperemos el inmueble arrendado y a obligar al
inquilino a pago de las cantidades que nos adeuda.
Caso real que tramitamos en nuestro despacho de abogados
Unos meses atrás vino a nuestro despacho Dª Maria Dolores A.R.
para plantearnos su problema con su contrato de alquiler.
Según nos indicó tenía una vivienda en propiedad alquilada,
desde hacía pocos meses a Dª María P.I., por un plazo de un año, y una renta
mensual de 800 euros. El problema es que Dª María P.I. había abandonado el
inmueble, dando por terminado el contrato de alquiler, sin cumplir el plazo
pactado, y no le había pagado la última mensualidad porque quería compensarla
con la fianza del alquiler.
Lo primero que hicimos fue ver el contrato de alquiler que
tenían firmado y, efectivamente, el contrato preveía que, en caso de que el
arrendatario incumpliera el plazo pactado, se pagaría una indemnización de una
mensualidad de renta. Lo anterior es coherente con la Ley de Arrendamientos Urbanos
que prevé que esta cláusula se pueda pactar (con el límite de indemnización de
un mes de renta por cada año incumplido).
En todo caso Dª María Dolores, cuando recuperó la vivienda,
constató que en la misma existían desperfectos
que tendrían que repararse con el importe de la fianza (hubo que pintar la
casa), razón por la cual no procedería la devolución de la fianza.
Enviamos un burofax reclamando el pago a la inquilina y.
como ésta no contestó, un mes después le planteamos una demanda de juicio
verbal ante el juzgado competente. Solo unos meses después el Juzgado dictó
Sentencia en la que le condenaba a devolver el importe de 853 euros debidos (suma de la mensualidad de debía con
los intereses correspondientes) y le
condenó también a pagar 420 euros más en concepto de costas del procedimiento (gastos de abogado y
procurador) por lo cual nuestras gestiones no tuvieron ningún coste para
nuestro cliente en cuanto las pagó el contrario.
Dª María Dolores quedó muy satisfecha con nuestros servicios
y vio su problema resuelto, gracias a que, en vez de soportar el problema y
aguantarse con el comportamiento de la inquilina, puso el asunto en manos de
unos abogados de alquileres de Córdoba, con los conocimientos y la experiencia
necesaria para solucionar su problema.