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domingo, 14 de julio de 2019

DEVOLUCIÓN DE FIANZA DE ALQUILER EN CÓRDOBA: OBLIGACIÓN DEL ARRENDADOR SI EL INQUILINO CUMPLE SUS OBLIGACIONES.



Se trata de una de las cuestiones que más problemáticas plantea en los contratos de alquiler. En ocasiones el inquilino no quiere pagar la última mensualidad porque de esa forma queda de vuelta su fianza; otras veces hay discrepancias en cuanto a la existencia de desperfectos o incumplimiento del plazo a la hora de terminar un arrendamiento. En todos estos casos nos encontramos problemas de devolución de fianza de alquiler en Córdoba qué hará necesario en muchas ocasiones acudir a un abogado especialista en alquileres en Córdoba.

Existencia de desperfectos al terminar el contrato

Lo primero que hay que tener en cuenta es que el inquilino está obligado a pagar todas las mensualidades incluida la última. Una vez terminado el arrendamiento, en el momento de devolución de las llaves, es cuando deberá valorarse si existen o no desperfectos para proceder en su caso a la devolución de la fianza. Por lo tanto el inquilino no puede dejar de pagar la última cuota amparándose en qué de esta forma queda devuelta la fianza, esta práctica es irregular. No procede por tanto la devolución de la fianza antes del fin del contrato.

La fianza conforme lo previsto en la ley de arrendamientos urbanos está conceptuada para garantizar la devolución del inmueble al terminar el contrato sin desperfectos, en buenas condiciones. La devolución de fianza en caso de desperfectos por tanto deberá reducirse por el importe necesario para reparar estos desperfectos. 

Arrendamientos Córdoba

Incumplimiento del plazo por el arrendatario

También responde la fianza en caso de incumplimiento de contrato del arrendatario. Normalmente suelen darse problemas con el cumplimiento del plazo. Conforme con lo previsto en el artículo 11 de la vigente ley de arrendamientos urbanos el inquilino podrá desistir unilateralmente del contrato una vez transcurridos 6 meses de duración de este.

Por tanto si el inquilino desiste antes de los 6 meses deberá pagar las mensualidades que resten hasta cubrir este plazo mínimo. Transcurridos estos meses el inquilino tendrá derecho a desistir anunciándolo con 6 meses de preaviso e indemnizando al arrendador con un con una mensualidad en el caso de que el contrato haya previsto este particular.
En estos casos en los que el inquilino adeuda al arrendador una indemnización por incumplimiento del plazo pactado la fianza también podrá responder de ello.

En los supuestos en que existe cumplimiento por parte del inquilino y se devuelve el inmueble en las mismas condiciones en que fue entregado, sin desperfectos, el arrendador tendrá la obligación de devolver la fianza en el plazo de un mes. Si transcurrido este plazo no lo ha devuelto deberá pagar intereses conforme a lo previsto en la ley por todo el tiempo que transcurra hasta que se devuelvan los importes.

En cumplimiento de la normativa prevista en concreto en el ámbito de la comunidad Autónoma andaluza una vez formalizado el contrato la fianza deberá depositarse en el organismo público competente de la Junta de Andalucía. Una vez terminado el contrato, cumplidas sus obligaciones por parte del inquilino, corresponderá al arrendador solicitar a dicho organismo público de la devolución de la fianza para proceder asimismo a devolver la misma al inquilino.

abogado de desahucios

Caso real de devolución de fianza de alquiler que tramitamos en nuestro despacho de abogados

Como hemos dicho al comienzo el tema de la fianza de alquiler es uno de los que mayor problemática presenta en este ámbito. En nuestro despacho de abogados especializados en desahucios y alquileres ubicado en Córdoba hemos conocido y tramitado muchos asuntos de este tipo. 

Concretamente hace pocos meses vino nuestro despacho D. Antonio C.C. para plantearnos un problema de este tipo. Él había sido inquilino en un contrato de alquiler que se había extinguido por acuerdo entre las partes documentado por escrito.

La arrendadora doña María R.A. se comprometió a devolver la fianza, por importe de 1200 euros, después de la entrega de llaves en el plazo de unas semanas. Sin embargo el tiempo transcurrió y la fianza no fue devuelta. Cuándo don Antonio se puso en contacto con ella para pedir la devolución de los importes ésta le contesto que no le iba a devolver la fianza porque el inmueble contaba con numerosos desperfectos.

Don Antonio nos explicó que estos desperfectos a los que la arrendadora hacía referencia no existían realmente. Se trata de desperfectos que ya existían en el inmueble anteriormente ah que lo hubiera sido entregado.

Desde nuestro despacho de abogados especializado en arrendamientos dirigimos una comunicación formal a la arrendadora para que procediera a la devolución del importe de 1200 euros correspondientes a la fianza, indicándole que nuestro cliente negaba la existencia de los desperfectos a los que ella aludía.

Como ella no contesto a nuestro requerimiento, transcurrido un mes interpusimos una demanda de juicio monitorio ante los juzgados de Córdoba. La arrendadora recibió nuestra demanda pero, sabedora de que realmente no tenía razón, ni siquiera compareció en el juzgado para oponerse a la misma.

Por lo tanto transcurridos un par de meses el Juzgado resolvió a nuestro favor por falta de oposición y tuvimos un título ejecutivo en base al cual podíamos solicitar el embargo de sus bienes. Cuando la arrendadora vio que sus bienes Iban a ser embargados consignó en el juzgado el importe de la fianza que nosotros inmediatamente devolvimos a nuestro cliente. La arrendadora tuvo que pagar, además de 1200 euros de la fianza, 74 euros de intereses y 550 euros de las costas del procedimiento.

Don Antonio quedó muy satisfecho con el trabajo realizado y el resultado obtenido. Según él nos comentó ya no se trataba sólo de la cantidad de dinero que quería recuperar, sino que era una cuestión de principios: quería recuperar lo que era suyo y demostrarle a la arrendadora que ella no tenía razón (estaba descontento por el trato que está le había dispensado).

 Este es otro supuesto de problemas en la devolución de la fianza de alquiler en Córdoba que hemos tramitado con éxito y a plena satisfacción de nuestro cliente en nuestro despacho de abogados especializados en alquileres y desahucios ubicado en Córdoba.



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